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En la mayoría de los ataques a las empresas casi siempre hay un importante factor humano. Por supuesto, la tecnología ofrece muchas oportunidades para que el delincuente ejecute su fechoría y para que su alcance sea mayor pero, precisamente por esto, tenemos que preparar nuestros negocios y a nuestros empleados tanto como podamos.

En la mayoría de los ataques a las empresas casi siempre hay un importante factor humano. Por supuesto, la tecnología ofrece muchas oportunidades para que el delincuente ejecute su fechoría y para que su alcance sea mayor pero, precisamente por esto, tenemos que preparar nuestros negocios y a nuestros empleados tanto como podamos.
¿Qué puede pasar?

Si perdemos los datos de nuestro negocio, nos roban los de nuestros clientes o somos objeto de algún fraude por Internet, en muchos casos para una pyme no quedaría más remedio que cerrar la empresa o declararla en bancarrota.
Estos son algunos riesgos y engaños a los que nos exponemos:

  1. Los USB pueden tener datos confidenciales y no es difícil que los perdamos o que nos los roben. También a veces encontramos memorias USB que intencionadamente están a nuestro alcance o nos lo ofrece alguien que parece de confianza, pero que están infectados con malware. ¡Desconfía!
  2. Pueden llegarnos llamadas de falsos servicios técnicos que nos convencen para que les dejemos entrar remotamente a nuestro ordenador y desde ahí robar datos, ejecutar comandos, etc.
  3. Sospecha si un suministrador te pide que pagues en una cuenta diferente, con urgencia, ya que en realidad no es el suministrador, ha sido suplantado.
  4. Recibimos correos de phishing que nos piden mediante engaños que iniciemos sesión en una página que es «igualita» por ejemplo, a la de nuestro banco o la de Hacienda. Si picamos pueden capturar nuestros datos de acceso a esas cuentas.
  5. Si dejamos los routers con la configuración por defecto, son vulnerables, ya que cualquiera con algo de conocimiento técnico podría conseguir la contraseña de este modelo.
  6. Cuando recibimos correos con facturas que son aparentemente de organizaciones con las que tratamos (multas de tráfico, transportistas, etc.) y que nos piden que paguemos el importe en una cuenta que no es la habitual.
  7. Si recibimos correos urgentes que aparentemente proceden de nuestro jefe en el que nos pide que hagamos un ingreso, generalmente con urgencia, o le enviemos cierta información confidencial.

¿Cómo los evitamos?
Muchos de estos ataques tienen su origen en empleados bien descuidados, bien poco entrenados y en algunas ocasiones malintencionados. Estas son algunas de las medidas que tienes que poner en marcha en tu organización:

  • Establece políticas sobre el uso de los dispositivos de trabajo en la oficina y en movilidad: portátiles, móviles, ordenadores, servidores, acceso remoto, etc.
  • Habilita el acceso a la información sólo a quien la necesite. Vigila quién accede a qué carpetas y qué cambios hace en ellas.
  • Asegúrate de que tus empleados utilizan contraseñas robustas, las cambian con frecuencia y no las comparten ni reutilizan. Comprueba que en los servicios críticos y cuentas con privilegios de administrador se utiliza doble factor de autenticación. Habilita gestores de contraseñas seguros para almacenar las contraseñas.
  • Educa a tus empleados sobre los riesgos en Internet. Fomenta que antes de realizar cualquier pago o envío de información confidencial se realicen comprobaciones con el jefe inmediato o con otro compañero.
  • Haz que tus empleados firmen acuerdos de confidencialidad que se extiendan más allá de la finalización de sus contratos.
  • Pon en marcha políticas de uso y acceso a la información; clasifícala para identificar aquella que no puede salir de la empresa. Incorpora medidas para protegerla y evitar fugas.
  • Realiza backups con frecuencia, comprueba que sabes cómo recuperarlos y almacénalos en un lugar seguro. Los incidentes ocurren y lo mejor y más efectivo para recuperarse, es tener un plan B.
  • No ignores los mensajes de actualización del software y de los antivirus. El software desactualizado es más vulnerable, los delincuentes tienen formas de descubrirlo y «armas» preparadas para lanzar ataques a todo el que se despiste.

¿Y qué más puedes hacer?
Si ya cumples con lo anterior, estás alineando tu negocio con la ciberseguridad. ¡Felicidades! No obstante, recuerda que esto es un proceso continuo, ¡no puedes bajar la guardia!
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Nota de DavidHellin: La noticia es original de INCIBE

La mayor parte de la población posee una cuenta de Google con la cual accede a los diferentes servicios que ofrece como búsqueda en Internet, Maps, Gmail, YouTube, Drive, Calendar, Google+, Traductor, Fotos, Blogger o Hangouts, entre otros. Todos estos servicos generan información que se almacena en los servidores de Google, por lo que es recomendable que los usuarios editen la configuración predeterminada de su cuenta para que, de este modo, tengan bajo control los datos que se almacenan.

Dentro de los servicios que nos ofrece Google, tenemos una opción que se denomina Mi Cuenta desde la que podemos controlar, proteger y mantener segura la misma.

En de esta opción podemos acceder a herramientas para proteger nuestros datos y nuestra privacidad y decidir si queremos que nuestra información contribuya a mejorar el funcionamiento de las herramientas y los servicios de Google.

A continuación te indicamos cuáles son los pasos que debes seguir para configurar tu cuenta de forma segura.

1. Inicio de sesión y seguridad

Normalmente nos limitamos a iniciar sesión introduciendo nuestro usuario y contraseña pero existe otra configuración para aumentar la seguridad a la hora de iniciar sesión en nuestra cuenta. Nos referimos al inicio de sesión a través del método de verificación en dos pasos.

Para ello, dentro de la configuración de Inicio de sesión y seguridad, en el apartado Inicio de sesión en Google, buscaremos la opción de verificación en dos pasos. Para poder iniciar sesión de este modo debemos tener un smartphone.

Activaremos la opción para proteger nuestra cuenta con la verificación en dos pasos y a partir de ahora, cada vez que iniciamos sesión, necesitaremos la contraseña y un código de verificación exclusivo que hayamos recibido en nuestro teléfono. Gracias a este método, aunque alguien consiga nuestra contraseña robusta, los usuarios malintencionados no podrán iniciar sesión si no tienen acceso a su vez a nuestro teléfono.

2. Información personal y privacidad

Dentro de este apartado, en la opción de Administrar tu actividad en Google podremos configurar los controles de actividad de la cuenta.

Los datos que Google guarda en nuestra cuenta pueden hacer que los servicios de Google nos sean mucho más útiles y recibamos información que nos pueda interesar como más opciones de transporte público en Maps, resultados más rápidos en el buscador o cuánto tiempo tardamos en volver a casa. Pero no siempre es necesario almacenar toda esta información.

Desde este apartado podremos desactivar:

  1. La opción de actividad en la web y en aplicaciones para que los datos de búsquedas en aplicaciones y en el navegador no se guarden en nuestra cuenta. También podemos desmarcar la opción de incluir el historial de Chrome y la actividad que realicemos en los sitios web y las aplicaciones que usen los servicios de Google.
  2. El historial de ubicaciones, que se encarga de la creación de un mapa privado de los sitios a los que vamos con nuestro dispositivo.
  3. La información del dispositivo, que almacena nuestros contactos, calendarios, aplicacioes y otros datos del dispositivo.
  4. La actividad de Voz y Audio, que ayuda a reconocer nuestra voz y a mejorar el reconocimiento del habla almacenando nuestras entradas de voz y audio.
  5. El historial de búsquedas en YouTube, que guarda las búsquedas que realizamos en dicha aplicación para agilizar futuras búsquedas.
  6. El historial de reproduciones de YouTube, que permite encontrar vídeos que ya hemos visto.

En el siguiente apartado de configuración de anuncios podremos controlar la información que usa Google para mostrar publicidad.

Google nos da la opción de ver los anuncios que más nos interesan utilizando la actividad e información de nuestra cuenta. También podemos eliminar los temas de anuncios que no nos gustan y añadir los que nos gustan.

3. Preferencias de la cuenta

La última opción a destacar para que nuestro perfil sea más seguro es cómo eliminar nuestra cuenta o determinados servicios.

Eliminar tu cuenta o determinados servicios

Esta opción nos permite eliminar de forma individual un servicio concreto de Google como Gmail, Google+, YouTube, etc. Previamente, antes de eliminar el servicio, podemos descargar los datos que contiene.

Dentro de este apartado, también podemos eliminar la cuenta de Google y los datos que tengamos almacenados. Al igual que al eliminar los servicios, podremos descargar todos nuestros datos. Así mantendremos una copia de seguridad, por si en un futuro necesitamos hacer uso de los mismos.

Recomendaciones generales

Ahora que ya sabes cómo gestionar tu cuenta de Google para que tus datos permanezcan seguros en la red y decidir por ti mismo qué información quieres que Google almacene, recuerda seguir estas recomendaciones generales:

  1. Mantén siempre tu navegador actualizado, ya que existen vulnerabilidades que pueden dejar desprotegido tu navegador.
  2. Utiliza un antivirus que bloquee posibles descargas de malware mientra buscas información por Internet.
  3. Recuerda hacer copias de seguridad de tus datos antes de eliminarlos, no sabes cuándo los puedes volver a necesitar.
  4. Utiliza contraseñas robustas que dificulten el acceso a tus datos y si la aplicación lo permite, haz uso de la verificación en dos pasos.

Configura tu cuenta y coméntanos tu experiencia en los comentarios. ¿Crees que todos los datos que almacena tu cuenta están bien protegidos?

Nota de DavidHellin: La noticia es original de OSI

Tener que acceder en remoto a los servicios de la empresa, como al correo electrónico o a la intranet, es una situación frecuente pero que a su vez, puede ser arriesgada. ¿Quién no ha sentido la tentación de utilizar la wifi del aeropuerto o la del hotel, si estamos desplazados por motivos de trabajo y tenemos urgencia de enviar un fichero o conectarnos? Ten en cuenta que aun tomando todas las precauciones, no es una práctica recomendada. Si no tienes más remedio: utiliza una VPN.

Tener que acceder en remoto a los servicios de la empresa, como al correo electrónico o a la intranet, es una situación frecuente pero que a su vez, puede ser arriesgada. ¿Quién no ha sentido la tentación de utilizar la wifi del aeropuerto o la del hotel, si estamos desplazados por motivos de trabajo y tenemos urgencia de enviar un fichero o conectarnos? Ten en cuenta que aun tomando todas las precauciones, no es una práctica recomendada. Si no tienes más remedio: utiliza una VPN.

Existen formas más seguras de conectarse en remoto que lanzarse a utilizar la primera wifi pública que encontremos por ahí. Es mucho más recomendable hacer uso de la conexión de datos del móvil para conectar el PC (tethering), pero si no queda más remedio que usar una wifi pública, contrata una VPN, es decir, una Red Privada Virtual para cifrar las comunicaciones. ¿Sabes qué son?, ¿conoces cómo funcionan?, ¿son todas tan seguras? No todas las VPN son tan confiables como parecen, incluso pueden ser aplicaciones falsas, ¿sabrías cómo distinguirlas?

VPN: un túnel privado

Hace algún tiempo planteamos la necesidad que tienen algunas empresas de utilizar VPN para el acceso remoto a sus equipos. Las VPN permiten ofrecer a nuestros empleados, en oficinas distantes o en teletrabajo, un acceso seguro a nuestros servidores. Algo así como un túnel privado para este tipo de conexiones. Las comunicaciones por este túnel van cifradas. Comentábamos las ventajas e inconvenientes y cuándo eran necesarias en este artículo: Por qué deberías utilizar una red privada virtual y cómo hacerlo.

Existen distintos tipos de VPN, algunas cifran el tráfico entre nuestro dispositivo e Internet, y otras cifran extremo a extremo. El cifrado evita que otros puedan interceptar la comunicación «escuchándola» o manipulándola. Se garantiza pues la confidencialidad y la integridad de los datos. Además, los servidores podrán verificar nuestra autenticidad, es decir, sólo los usuarios autorizados a usar la VPN podrán entrar.

No obstante, es conveniente conocerlas con más detalle pues, se han dado casos de aplicaciones VPN que en realidad servían para robar datos, vender ancho de banda o monitorizar tu actividad.

¿Qué le pido a una VPN?

Si tienes que seleccionar una VPN, revisa para qué la necesitas y establece tus requisitos de seguridad:

 

  • cuándo se va a utilizar:
    • algunos sistemas operativos de portátiles y móviles permiten crear una VPN según distintos estándares que pueden ser suficientes para una conexión esporádica desde el exterior;
    • si las conexiones son muy frecuentes o se quiere conectar distintas oficinas tendremos que establecer túneles cifrados entre los equipos de red.
  • para qué aplicaciones o servicios se va a permitir y a cuantos usuarios;
  • qué el cifrado sea robusto.

¿Cómo sé si es confiable?

Una vez tengas claro para qué la necesitas busca en la oferta del mercado, lee bien las condiciones de contratación y la política de privacidad y aplica los criterios siguientes:

  • Antes de confiar en una VPN investiga sobre ella. Consulta quién la ofrece, las condiciones del servicio, su funcionamiento, su rendimiento, etc. Vas a poner todo tu tráfico en sus manos. Revisa también la compatibilidad con tu sistema y navegadores y cuántas conexiones te permite.
  • Si es una App para el móvil revisa los permisos que solicita para su instalación y los comentarios de otros usuarios, su nivel de aceptación y busca información sobre su desarrollador. No aceptes la instalación de aplicaciones que soliciten accesos excesivos a tus datos o a datos que nada tengan que ver con el servicio.
  • Selecciona una VPN que cifre todo el tráfico y que cifre extremo a extremo. Hay VPN que cifran sólo hasta su servidor o que sólo cifran determinado tipo de tráfico. Asegúrate de que eliges una que cifre extremo a extremo si es lo que necesitas. Para ello, revisa la información del contrato. No está de más consultar también informes, opiniones y comparativas en Internet sobre las distintas opciones.
  • Elige una VPN cuyos servidores estén ubicados en países de la UE ya que, con el Mercado Único Digital tendrás más garantías y será más fácil la resolución de conflictos si se diera el caso.
  • Otra información que puede servirte para tomar la decisión, además del precio y las anteriores recomendaciones, es si llevan o no registros de actividad, los llamados logs (algunos proveedores pueden estar obligados a conservarlos temporalmente según la Directiva NIS). Si el anonimato es un requisito, seguramente no cumplirá el consejo anterior, es decir, los servidores no estarán ubicados en la UE.
  • Lee con detenimiento la política de privacidad del servicio o producto, sobre todo la información que van a compartir con terceros si es que lo hacen. Escoge preferentemente VPN no gratuitas, sin publicidad. Ya conoces el dicho: ¡Si algo es gratis, el producto eres tú! Las aplicaciones gratuitas suelen solicitarte permiso para compartir tus datos con terceros con el objeto de enviarte anuncios.
  • Comprueba que tienes personal formado para su auditoría y mantenimiento o que tienes un proveedor TI que te ofrece estos servicios.

En cualquier caso no olvides aplicar y difundir entre tus empleados una Política de uso de wifis y redes externas. Para más información revisa también el dosier de Protección en movilidad y conexiones inalámbricas donde encontrarás además videos, infografías y otros recursos.

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Nota de DavidHellin: La noticia es original de INCIBE

Desde el 25 de mayo es obligatorio el cumplimiento del RGPD, el Reglamento General de Protección de Datos, la normativa europea que armoniza las anteriores normativas de privacidad de los países de la UE con el objetivo de crear un marco de confianza para que pueda desarrollarse un mercado único digital. Esta normativa tiene su reflejo en la forma en la que las empresas han de abordar la ciberseguridad, tanto en su vertiente técnica como organizativa. Pero, ¿sabemos cómo se reparten las responsabilidades para su cumplimiento?

Desde el 25 de mayo es obligatorio el cumplimiento del RGPD, el Reglamento General de Protección de Datos, la normativa europea que armoniza las anteriores normativas de privacidad de los países de la UE con el objetivo de crear un marco de confianza para que pueda desarrollarse un mercado único digital. Esta normativa tiene su reflejo en la forma en la que las empresas han de abordar la ciberseguridad, tanto en su vertiente técnica como organizativa. Pero, ¿sabemos cómo se reparten las responsabilidades para su cumplimiento?

En un artículo anterior «Tu plan director de seguridad es esencial para cumplir el RGPD» veíamos qué es la privacidad y los riesgos a los que se expone en los tratamientos que se realizan con los datos personales en las empresas. También detallábamos en qué medida implantar un plan para la gestión de la seguridad colabora al cumplimiento del RGPD. Son muchas las sinergias que el Plan Director de Seguridad tiene con la privacidad y por tanto con el RGPD. Su papel es indispensable en la organización de la seguridad, en la gestión de incidentes y en la aplicación de medidas de seguridad.

¿Quién es quién en el RGPD?

Recordamos que el responsable del tratamiento de datos en el RGPD es «la persona física o jurídica […] que sólo o junto con otros, determine los fines y medios del tratamiento; […]», es decir, la empresa, el autónomo o la persona que realiza una actividad comercial o profesional. Es el que rendirá cuentas ante posibles incidentes.

El encargado del tratamiento es «la persona física o jurídica […] que en el ejercicio de su actividad trata datos de carácter personal que son responsabilidad del responsable del tratamiento.» En este caso, podemos imaginar que es la empresa a la que se le «encarga» por ejemplo, la gestión de nóminas o el alojamiento o el tratamiento informático de los datos personales de clientes.

La relación entre responsable y encargado debe formalizarse en un contrato o acto jurídico vinculante. Se han de seguir las Directrices para la elaboración de contratos entre responsables y encargados del tratamiento que ofrece la AEPD que incluye un ejemplo de cláusulas contractuales que este contrato debe contener.

Ya en el Reglamento de desarrollo de la LOPD (Art. 109 y 95) se exigía en algunos casos (medidas de seguridad de nivel medio o alto) que se designara uno o varios Responsables de seguridad encargados de coordinar y controlar las medidas definidas en el documento de seguridad aunque la responsabilidad seguía recayendo sobre el responsable del tratamiento. Esto afectaba, por ejemplo, a sectores como finanzas, entidades de crédito, mutuas, empresas que evalúan la personalidad o el comportamiento de las personas o las que ofrecen servicios de comunicaciones públicas. También las que traten con datos de la administración como infracciones administrativas o penales y las Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.

Con el RGPD aparece una nueva figura que sólo será necesaria para algunas empresas, el DPD o Delegado de Protección de Datos, también conocido como DPO por sus siglas en inglés. Las empresas que nombren un DPD externo tendrán que firmar con él un contrato como harían con el encargado.

¿Qué funciones tendrá el Delegado de Protección de Datos?

El DPD es un profesional cuyas funciones se señalan en el artículo 39 del Reglamento (UE) 679/2016, y se ocupa de la aplicación de la legislación sobre privacidad y protección de datos.

Según este artículo del RGPD:

¿Qué empresas deben nombrar un DPD?

No todas las empresas tienen obligación según el RGPD de nombrar un DPD (Artículo 37). Las que sí lo tienen podrán contratarlo para formar parte de su equipo o contratar sus servicios externamente.

En las empresas, es obligatorio nombrar un DPD por los responsables y encargados de tratamientos cuyas actividades principales consistan en:

  • operaciones de tratamiento que requieran una observación habitual y sistemática de personas a gran escala; o
  • tratamiento a gran escala de datos de categorías especiales.

El proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal especifica los tipos de empresas (art. 34-37) que tendrán que nombrarlos de forma obligatoria. De forma esquemática:

  • colegios profesionales,
  • centros docentes y Universidades,
  • entidades que exploten redes de comunicaciones si tratan datos a gran escala,
  • prestadores de servicios de la sociedad de la información que elaboren perfiles,
  • entidades de crédito y establecimientos financieros, entidades aseguradoras y reaseguradoras,
  • empresas de servicios de inversión,
  • distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y de gas natural,
  • entidades de evaluación de solvencia patrimonial y de crédito o prevención de fraude,
  • entidades que desarrollan publicidad y prospección comercial si elaboran perfiles o tratamientos basados en preferencias de los afectados,
  • centros sanitarios obligados legalmente a mantener historias clínicas,
  • entidades que emitan informes comerciales relativos a personas físicas,
  • operadores de juegos online y empresas de seguridad privada.

Los grupos empresariales podrán nombrar un único DPD siempre que esté accesible desde todos los establecimientos del grupo.

Las empresas cuyos responsables y encargados no estén obligadas a nombrar un DPD podrán nombrarlo y también podrán asociarse u organizarse por categorías para designar uno y para que les represente.

Pero… ha de ser independiente y sin conflicto de intereses

El responsable o encargado del tratamiento designa al DPD, publica sus datos de contacto y los comunica a la autoridad de control, es decir, a las AEPD y sus homólogas.

El DPD puede ser empleado o externo, a tiempo parcial o completo, pero tiene que ser independiente en sus funciones, ya que no pueden destituirle ni sancionarle por desempeñarlas y le han de respaldar (facilitándole recursos y acceso) y garantizar que pueda participar, sin recibir instrucciones, en las cuestiones relativas a la protección de datos personales. Aunque puede realizar otras funciones, debe evitar cualquier conflicto de intereses.

¿Tienes ya un DPD? Si eres una de las empresas «elegidas» designa a un DPD y firma con él un contrato donde quede clara su independencia y la ausencia de conflicto de intereses.

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Proteccion informacion, Proteccion clientes, Salud, Ocio, Comercio minorista, Empresa, Educación, Cumplimiento legal

Nota de DavidHellin: La noticia es original de INCIBE

Son muchas las causas de que podrían dar origen tanto a pérdida de información como ralentizar la dinámica de trabajo diaria de una organización: robos, incendios, fallos eléctricos, roturas de dispositivos, virus, y así un largo etcétera. Por este motivo y aprovechando que el próximo 31 de marzo se celebra el Día Mundial de las Copia de Seguridad, vamos a incidir en la importancia de contar con ellas.

Son muchas las causas de que podrían dar origen tanto a pérdida de información como ralentizar la dinámica de trabajo diaria de una organización: robos, incendios, fallos eléctricos, roturas de dispositivos, virus, y así un largo etcétera. Por este motivo y aprovechando que el próximo 31 de marzo se celebra el Día Mundial de las Copias de Seguridad, vamos a incidir en la importancia de contar con ellas y de asegurarnos la capacidad de restaurarlas llegado el momento.

Normalmente no somos conscientes de la importancia que tiene la realización de copias de seguridad hasta que ya es demasiado tarde. Hay que tener muy presente que en cualquier momento y seguramente, el más inesperado e inapropiado, se pueden dar fallos que terminen por desembocar en pérdida de información. No debemos olvidar que trabajamos con dispositivos que son susceptibles de fallos, averías o robo, algo que debe tenerse en consideración porque podrían ser causantes de pérdidas económicas o incluso de confianza, que podrían concluir en la pérdida de clientes o incluso incurrir en posibles sanciones.

Además, es importante conocer que el 29% de los desastres son accidentales y por lo tanto, imprevistos, y 1 de cada 10 ordenadores es infectado con un virus cada mes. Estos datos nos muestran inequívocamente que es muy importante realizar copias de seguridad con una cierta regularidad para no perder el activo más importante que tiene cualquier organización, la información.

En un solo día de trabajo se podrían perder todos los datos procesados, ocasionando tener que retomar expediciones de mercancía, facturación y contabilidad; provocando pérdida de pedidos, errores en stock o inventarios, etc., y generando, además del coste económico, una mala imagen, etc..

Por último, además de salvaguardar la información, será necesario comprobar que se puede recuperar fácil y rápidamente. De nada serviría tener copias de seguridad si luego no se puede o no se sabe recuperar la información perdida llegado el momento necesario.

Por lo tanto, para tener una política eficiente de copias de seguridad deberemos hacernos algunas preguntas:

  • ¿De qué hacer copia?

Se deberá establecer sobre qué información se desea hacer copias de seguridad. Para llegar a este punto hay que realizar un análisis exhaustivo de la información que se maneja en la organización y concluir qué información es crítica para el negocio.

  • ¿Cómo lo vamos a copiar?

Será necesario definir la forma en la que se realizará la copia de seguridad, que podría ser completa (copia total de los datos), incremental (a partir de los datos de la última copia), o diferencial (copia de datos desde la última copia completa).

  • ¿Cuándo queremos hacerlas?

Es decir, cada cuánto tiempo haremos una copia de seguridad, número de versiones que se harán de la misma y cuánto tiempo estaremos dispuestos a almacenarla.

  • ¿Dónde se almacenarán?

Este apartado determinará el medio en el que se almacenará la información: cintas, discos, USB, discos portátiles, sistemas cloud, etc. Aquí habrá que tener en cuenta aspectos como el coste o presupuesto que queremos destinar a tal efecto o la fiabilidad del fabricante en cuanto a almacenamiento y seguridad.

Seguidamente tendremos que especificar el lugar donde se almacenarán las copias. Una buena práctica es almacenarlas en una ubicación distinta al centro de trabajo. En caso de que en este último ocurriera una catástrofe, por ejemplo un incendio, guardar las copias en él, implicaría que también se verían afectadas. Además, habría que dar cuenta de las directrices marcadas por la legislación, como la LOPD que nos obliga a cifrar las copias de seguridad que se almacenen fuera de las instalaciones.

  • Pruebas de restauración

Este paso es indispensable para comprobar si funciona el proceso de restauración de copias de seguridad. Por este motivo se hace necesario realizar pruebas periódicas de restauración, dejando debidamente documentado el procedimiento para evitar sorpresas si en algún momento tuviéramos que restaurar una copia.

 

A pesar que tendemos a pensar que cualquier eventualidad “a mí no me va a pasar”, al final son muchos los casos en los que sí ocurren. Contar con copias de seguridad nos asegura que llegada esta circunstancia, podré recuperar los datos perdidos y que no se vea afectada la dinámica del negocio. Además generaré confianza ante agentes externos y ahorraré en términos económicos. No lo dudes, haz copias de seguridad.

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Buenas prácticas, Concienciación

Nota de DavidHellin: La noticia es original de INCIBE

Aprovechando que desde el año 2006, cada 18 de abril se viene celebrando el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes, queremos dedicar este artículo a resaltar la importancia de proteger el derecho a la «privacidad y confidencialidad» sobre su información personal.

En el año 2002 se elaboró lo que se conoce como la Carta Europea de los Derechos de los Pacientes, basada en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000. El objetivo era proteger los derechos de los pacientes dentro de la disparidad de sistemas nacionales de salud a través de herramientas que consiguieran armonizar y establecer una normativa común.

Aprovechando que desde el año 2006, cada 18 de abril se viene celebrando el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes, queremos dedicar este artículo a resaltar la importancia de proteger el derecho a la «privacidad y confidencialidad» sobre su información personal: estado de salud y diagnóstico, exámenes y visitas de especialistas o tratamientos médicos y quirúrgicos en general; para lo que será indispensable contar con un alto grado de ciberseguridad en los sistemas de información. El derecho a la privacidad y confidencialidad es también uno de los 14 derechos de la citada Carta Europea.

Digitalización de historiales clínicos, tratamiento de datos personales en el ámbito sanitario, mensajería a la hora de comunicarse con pacientes, telemedicina o teleasistencia, etc., son sólo alguno de los elementos tecnológicos que forman parte del funcionamiento de este sector, que deben contar con un alto grado de seguridad.

Este tipo de información personal y sensible, ya en la LOPD y ahora en el nuevo Reglamento de Protección de Datos, el RGPD, están considerados como categorías especiales de datos o datos especialmente protegidos. El RGPD será de obligado cumplimiento para todas las empresas que realicen tratamientos de datos personales en la EU o con datos de ciudadanos de la EU, a partir del 25 de mayo de 2018.

En la nueva normativa se incluyen, entre otros, como categorías especiales de datos además de los datos de salud, los que revelen origen étnico o racial, los relativos a vida sexual y orientación sexual, los biométricos para identificar a las personas y los genéticos.

La protección de la privacidad de este tipo de datos empieza por informar con claridad y especificidad del tratamiento y por solicitar el consentimiento libre y explícito al paciente, salvo que haya razones de interés general según una ley. Esto quiere decir que no puede ser inferido por el comportamiento del paciente, y ya no sirven las casillas premarcadas ni las condiciones previas ni el silencio o la inacción como métodos válidos para obtener el consentimiento. El derecho al consentimiento es también uno de los citados en la mencionada Carta de Derechos de los Pacientes. Para saber más de cómo informar y obtener el consentimiento consulta la Guía para el cumplimiento del deber de informar de la AEPD.

Medidas como pedir consentimiento a clientes para el tratamiento de datos personales, cumplir el deber de secreto, garantizar su confidencialidad e integridad, no hacer uso particular de los mismos ni transferírselos a terceros serán de obligado cumplimiento por parte del personal que forme parte de la organización, además de ser parte de su código deontológico y ético. Para conocer los requisitos de protección de datos consulta el artículo Primeros pasos para cumplir con el nuevo RGPD.

A nivel tecnológico, se han de:

  • evitar accesos no autorizados,
  • realizar copias de seguridad,
  • seudonimizar y cifrar los datos
  • realizar un control del almacenamiento, de los usuarios, de los soportes y del acceso a los datos,

todo ello en base a un análisis de riesgos relativo a la privacidad de los datos.

Para ayudarte a revisar la seguridad de los datos personales de tus pacientes puedes utilizar las políticas, unos checklist de distintos aspectos de la seguridad que incluyen entre otros: clasificación de la información, cifrado, control de acceso, almacenamiento de la información en la nube y en otros dispositivos.

Desde Protege tu Empresa contamos con una formación sectorial en la que a través de una serie de sencillos vídeos, se tratan estos y otros temas relacionados con la ciberseguridad en este sector.  

Finalmente queremos destacar que uno de los riesgos más frecuentes en empresas del sector sanitario es la fuga de datos.

Este tipo de incidentes provoca importantes pérdidas de confianza y económicas además de serios daños en la imagen de las empresas que lo sufren, sin importar el sector al que pertenecen. En este vídeo se muestran ocho precauciones básicas que se han de tomar para evitar fuga de información de tu empresa. Por tus pacientes: ¡no dejes que te ocurra!

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